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    Delito de estafa

    En el artículo 248 del Código Penal se recoge el delito de estafa en el cual se determina que se considera una estafa cuando el acto se lleva a cabo con el fin de obtener un dinero o beneficio a costa de otros. Existen varios componentes que abarcan el tipo de estafa, y entre las que se encuentra

    -El engaño: Las maniobras de todo tipo llevadas a cabo por el autor del delito con el propósito de conseguir lucrarse económicamente en perjuicio ajeno o propio.

    -Ánimo de lucro: El estafador desea obtener cualquier tipo de beneficio en provecho para sí o para cualquier otra persona.

    Penas en el caso de delito de estafa

    -Delito de estafa leve: Según el art. 249 del CP, los daños ocasionados que no superen los 400€ en daños, tendrán una multa de hasta 3 meses y consecuencias como las antes descritas.

    -Delito de estafa agravada: En el art. 250 del CP, los daños causados que superen los 50.000€ tendrán pena de cárcel de 3 a 6 años y una multa de 6 a 12 meses. En el caso de haber percibido indemnizaciones, éstas deberán ser devueltas o se procederá al embargo de los bienes.

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