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Delito de extorsión y contra la intimidad
Los delitos contra la intimidad se recogen en el artículo 197 del Código Penal Español y pueden ser castigados con penas de prisión (entre uno y cuatro años) o multas (de 12 a 24 meses).Si ha sido denunciado por este delito necesitará un abogadoSi ha sido víctima, se necesita la denuncia de la persona agraviada para la persecución del delito contra la intimidad personal. Puede interponer una querella con abogado y procurador.
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Juicio Oral
Información sobre los juicios orales, su procedimiento y cómo se llevan a cabo
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