Derecho a la ciudadanía
La ciudadanía es una palabra que proviene del latín Civitas lo que significa “ciudad”, por lo tanto ciudadanía es considerada una condición, la cual se le es otorgada al ciudadano por ser miembro de una comunidad o sociedad organizada, el derecho a la ciudadanía tiene ciertos puntos a tratar.
Además, ciudadanía implica diversos derechos y deberes los cuales debe cumplir el ciudadano del país, por lo tanto, podemos afirmar que el termino ciudadanía hace referencia a los deberes y derechos de una persona en comunidad.
Entendiendo esto, podemos hablar que la ciudadanía está íntimamente ligada al derecho, ya que hace referencia a los derechos políticos con los cuales el ciudadano puede intervenir en las decisiones del Estado.
Entre los requisitos de la ciudadanía podemos nombrar la nacionalidad, que es la condición con la cual se reconoce a un individuo como parte de la sociedad o de la nación.
Gracias a la nacionalidad, los ciudadanos pueden ejercer sus derechos políticos dentro del Estado, sin embargo personas naturales de una nación no pueden ejercer estos derechos políticos, por ejemplo los presidiarios, y el derecho del voto.
Nacionalidad española.
Como mencionamos anteriormente el derecho a la ciudadanía de una persona dependerá de su nacionalidad, por ello en esta oportunidad te explicaremos los tipos de nacionalidad española que se aplican en el país.
-
Nacionalidad natural:
se consideran ciudadanos españoles si:
- Se nace en España, con padres españoles.
- Uno o ambos padres son nacidos en España.
- Si algunos de los padres es español y se adopta un niño este es español por naturaleza.
- Todo niño que nace en España así sus padres sean extranjeros.
-
Nacionalidad por opción:
Personas con patria potestad de algún niño español.
-
- Padres cuya adopción de un español es luego de los 18 años de edad.
- Aquellos cuyos padres o uno de ellos haya nacido en España.
-
Nacionalidad por residencia:
es una forma en que la persona con residencia legal de 10 años en España y de forma continua puede optar por la nacionalidad española.
-
Nacionalidad por carta de naturaleza:
es otorgada por el gobierno por medio del Real Decreto, en donde la persona promete fidelidad al rey y al cumplimiento de la constitución y renuncia a su antigua nacionalidad.
-
Nacionalidad por posesión de estado:
la persona que haya utilizado dicha nacionalidad por más de 10 años de manera continua y sin ningún incumplimiento de la ley tienen derecho a la nacionalidad española.