Ordenamiento jurídico
En el ordenamiento jurídico, se define como un conjunto de normas jurídicas que se rigen en lugares determinados en épocas concretas.
Existen casos, como en Estados Unidos de ordenamientos jurídicos que son formados por la Constitución del Estado, este se rige como una norma suprema, por leyes, normas jurídicas del poder ejecutivo.
Estos poseen reglamentos y otras regulaciones que son tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares.
Existen ciertas confusiones con el orden jurídico yy el ordenamiento jurídico.
Este se traduce como un conjunto de normas que rigen a determinas aéreas del ordenamiento jurídico, su relación en conceptos es de género a especie.
Esto hace una referencia al derecho de objetivo, que es, un conjunto de normas que rigen a una sociedad, y esta se puede definir como un conjunto sistemático de reglas, principios y directrices.
Estas regulan la organización de la sociedad.
Orígenes
Dentro de los orígenes existen dos concepciones de origen que se refieren al ordenamiento jurídico:
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Corriente normativa
Esta dice que el ordenamiento es denominado como conjunto de normas que se entienden y rigen acorde a la series de juicios de valor, creencias y convicciones.
Está a base del iusnaturalismo.
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Corriente institucional
En el ordenamiento, establece que está formado por la sociedad y el mecanismo, que a su vez, producen y aplican las garantías de las normas.
Esto ante las instituciones y criterios de su aplicación, con base al iuspositivismo.
- El ordenamiento jurídico es la realidad orgánica, esta no es nueva en el conjunto de normas sino que a su vez forma parte de la elaboración, desarrollo, aplicación y enjuiciamiento de ello.
- Este se caracteriza por la estatalidad de normas, que son dictadas por órganos que la constitución atribuye a la potestad de la normativa.
- Esta también se define como una unidad formal del ordenamiento jurídico, y esta posee cada tipo de norma en función a la fuente de producción que es igual a las que sigue.
A pesar de que el contenido sea distinto, también puede seguirlas.
- Este también es el resultado del ordenamiento fiscal que es el resultado de la armonización de dos o tres normativas.
En el caso del estado español es un ordenamiento estatal, un ordenamiento autonómico y un ordenamiento comunitario.
Tipos de Ordenamiento
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Ordenamiento Simple
Este es propio de cada institución particular y es coherente e incompleto, este tiene la necesidad de estar en conexión a los ordenamientos generales.
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Ordenamiento Complejo
Este está dentro del ámbito general y es compuesto en un ordenamiento de base que a su vez ayuda a mejorar el ordenamiento de las instituciones y es completo.